¿Se debe prohibir cualquier tipo de promoción de los sucedáneos?

Enviado por usuario.ops el Dom, 26/06/2022 - 17:24

En los servicios de salud se debe prohibir por completo cualquier tipo de promoción de los sucedáneos de la leche humana y otros como los biberones y las tetinas, tal como lo establecen el Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Humana y las posteriores resoluciones pertinentes de la Asamblea Mundial de la Salud. Además, no se permite realizar, en ningún centro del sistema de salud, donaciones gratuitas o subvencionadas de sucedáneos de la leche humana u otros productos, ni entregar obsequios o muestras a los agentes de salud.

Los centros médicos que atienden a lactantes en quienes está contraindicada la lactancia tampoco deben aceptar suministros gratuitos o a precio reducido ni muestras de dichos productos. En la resolución WHA39.28, se estableció claramente que las preparaciones que puedan necesitar los lactantes por razones médicas deben ser adquiridos a través de los canales normales u oficiales.

La información facilitada por los fabricantes y los distribuidores a los profesionales de la salud acerca de los productos debe limitarse a datos científicos y objetivos.

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Promoción de Sucedáneos
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Fuente de información
https://www.paho.org/es/documentos/monitoreo-cumplimiento-codigo-internacional-comercializacion-sucedaneos-leche-materna
Público objetivo
Salud / Enfermedad
Edad gestacional
Frecuencia
Importancia
Categoría
Spanish